La justicia dice que no cosifica a la mujer la imposición de un eslogan promocional a la altura del pecho

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña considera que no cosifica a la mujer una leyenda promocional, situada a la altura del pecho, en el uniforme de trabajo. Así lo ha decidido en una sentencia conocida recientemente, en la que ha estimado un recurso de suplicación interpuesto por la empresa petrolífera Galp, que había sido sancionada por discriminación indirecta por razón de sexo. De esta forma, ha revocado la multa de 25.000 euros que había confirmado el Juzgado de lo Social número 32 de Barcelona en febrero del año pasado.

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